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Preguntas frecuentes

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►¿QUE ES EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGETICA?

  

El certificado de eficiencia energética es un documento oficial, redactado por un técnico competente, que contiene información sobre las características energéticas de un inmueble.

 

La certificación energética califica energéticamente un edificio calculando el consumo anual de energía necesario para satisfacer la demanda energética del mismo en condiciones normales de ocupación y funcionamiento. Incluye la calefacción, refrigeración, ventilación, producción de agua caliente e iluminación.

 

El proceso de certificación energética concluye con la emisión de un certificado de eficiencia energética y la asignación de una etiqueta energética. La escala de calificación energética es de 7 letras que va de la A (edificio más eficiente energéticamente) a la G (edificio menos eficiente energéticamente). La etiqueta energética expresa la calificación energética de un edificio otorgándole una de estas letras.

  

►¿PARA QUE SIRVE?

  

El certificado de eficiencia energética sirve para conocer el comportamiento energético de un inmueble y cómo mejorarlo para que consuma menos energía. Permite valorar y comparar su eficiencia energética con respecto a otros inmuebles favoreciéndose la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.

  

►¿QUIEN ESTA OBLIGADO A DISPONER DEL CERTIFICADO?

  

La obligación de disponer del certificado nace en el momento en el que un propietario quiere realizar una operación de compraventa o alquiler de un inmueble. En caso de compraventa, el propietario debe aportar al comprador un original del certificado de eficiencia energética. En caso de alquiler, el propietario debe entregar al inquilino, junto al contrato de arrendamiento, una copia del certificado de eficiencia energética.

 

Asimismo, es obligatorio que la etiqueta energética figure en cualquier publicidad que se realice para vender o alquilar un inmueble. Por ejemplo, en los escaparates de las agencias inmobiliarias o en los portales de internet deberá aparecer la etiqueta energética del inmueble objeto de venta o de alquiler.

  

►¿ES OBLIGATORIO PARA TODOS LOS TIPOS DE INMUEBLES?

  

La normativa establece algunas excepciones que quedan excluidos de la obligatoriedad de disponer del certificado de eficiencia energética:

 

1. Los edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.

2. Las construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.

3. Los edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.

4. Los edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.

5. Los edificios que se compren para reformas importantes o demolición.

  

►¿QUIEN ES EL RESPONSABLE DE LA CONSERVACION Y RENOVACION DEL CERTIFICADO?

  

Además de ser quien debe encargarlo, el propietario es el responsable de conservarlo y renovarlo.

  

►¿QUIEN PUEDE REALIZARLO?

  

El certificado de eficiencia energética puede ser realizado por un técnico certificador que esté en posesión de la titulación académica y profesional habilitante para la realización de proyectos o dirección de obras de edificación o de sus instalaciones térmicas. Es decir, en la actualidad puede ser emitido por un arquitecto, un arquitecto técnico, un ingeniero o un ingeniero técnico.

  

►¿QUE TRABAJOS COMPORTA UNA CERTIFICACION ENERGETICA?

  

1. Se realizan una o más visitas de inspección al inmueble en las cuales:

 

- Se toman fotografías del exterior y el interior.

- Se recopilan datos administrativos (situación, referencia catastral, etc…).

- Se toman datos de los cerramientos, carpinterías exteriores e instalaciones térmicas, de ventilación e iluminación.

- Se realizan mediciones con el objeto de levantar un croquis de los cerramientos y obtener los volúmenes habitables.

 

2. Se realiza un trabajo de gabinete en el cual:

 

- Se calcula la eficiencia energética del inmueble mediante métodos y programas informáticos reconocidos por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

- Se elabora el certificado en el cual se reflejan los datos anteriormente indicados y se asignan una calificación y una etiqueta energética al inmueble.

- Se proponen soluciones, si procede, para la mejora de la calificación energética indicando su coste y plazo de amortización.

 

3. Finalmente se entrega el certificado al propietario en formato electrónico (fichero PDF).

  

►¿QUE INFORMACION CONTIENE EL CERTIFICADO?

  

El certificado de eficiencia energética contendrá como mínimo la siguiente información:

 

1. Identificación del inmueble que se certifica (indicando su situación y referencia catastral).

2. Indicación del procedimiento utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética.

3. Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética que le era de aplicación en el momento de su construcción.

4. Descripción de las características energéticas del inmueble, envolvente térmica, instalaciones, condiciones normales de funcionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del inmueble.

5. Calificación de eficiencia energética del inmueble expresada mediante la etiqueta energética.

6. Para los edificios existentes, recomendaciones para la mejora de la eficiencia energética mediante soluciones técnicamente viables. Dichas propuestas podrán incluir una estimación del plazo de recuperación de la inversión o del ahorro obtenido durante el resto de la vida útil del inmueble.

7. Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por el técnico certificador.

8. Cumplimiento de los requisitos medioambientales exigidos a las instalaciones térmicas.

  

►¿QUE ES LA ETIQUETA DE CALIFICACION ENERGETICA?

  

La etiqueta energética muestra la calificación energética de un inmueble de acuerdo con una escala compuesta por siete letras, que va desde la A (edificio más eficiente energéticamente) a la G (edificio menos eficiente energéticamente). Informa además, entre otros datos, sobre su consumo anual de energía. Es obligatoria su inclusión en cualquier tipo de publicidad dirigida a la venta o alquiler de un inmueble.

  

►SE PUEDE PUBLICITAR LA VENTA O ALQUILER DE UN INMUEBLE SIN CONTAR CON EL CERTIFICADO?

  

No. De acuerdo con la legislación en toda oferta, promoción o publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de un inmueble se debe incluir su etiqueta de calificación energética.

  

►¿SE PUEDE ESPERAR A VENDER O ALQUILAR UN INMUEBLE PARA ENCARGARLO?

  

No. El certificado de eficiencia energética debe formar parte de la información básica que el vendedor o arrendador debe facilitar al comprador o inquilino por lo que este documento debe estar disponible antes de formalizar la operación.

  

►¿ME PUEDE PERJUDICAR ECONOMICAMENTE UN CERTIFICADO MAL REALIZADO?

  

Si la certificación la realiza un técnico poco experimentado el cual determina una calificación energética inferior a la que en realidad debería corresponderle su piso se verá injustamente depreciado. Por otra parte, si la certificación realizada es sometida a inspección por el organismo competente de la comunidad autónoma y se detectan irregularidades puede ser obligado a repetirla.

  

►¿QUE PASA SI ESTANDO OBLIGADO NO ENCARGO LA CERTIFICACION ENERGETICA DEL INMUEBLE?

  

Si estando obligado a la certificación energética de un inmueble, por motivo de su publicidad, compraventa o alquiler, esta no se realizara, el vendedor o arrendador puede enfrentarse a los siguientes problemas:

 

- Ser sancionado administrativamente por el órgano competente de su comunidad autónoma por infracción de los derechos de los consumidores.

- Que el vendedor o arrendador tenga que indemnizar al comprador o inquilino por los perjuicios ocasionados al no haberle informado correctamente.

  

►¿CUANTO CUESTA EL CERTIFICADO?

  

No existen tarifas oficiales para este trabajo. El coste del certificado lo determina el libre mercado. Lo establece cada técnico al pasar su oferta, a la vista de sus costes y expectativas de beneficio.

  

►¿QUIEN DEBE ASUMIR EL COSTE?

  

El propietario del inmueble es el responsable de encargar la realización del certificado y por tanto de asumir su coste.

  

►¿QUE VALIDEZ TIENE?

  

El certificado de eficiencia energética y su correspondiente etiqueta tienen una validez de 10 años en el caso de las viviendas calificadas con las letras A, B, C, D, E Y F y de 5 años en el caso de las viviendas calificadas con la letra G. En cualquier caso el propietario puede proceder voluntariamente a su actualización cuando considere que existen variaciones en aspectos del inmueble que puedan modificarlo.

  

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